¡Ni siquiera debieron tramitarse; hacerlo, en tráfico ilícito de drogas, es instituir una política penitenciaria o penológica delictiva, seguramente por precio!
Esta prohibición legal sigue en pie, en plena vigencia, y cualquier Constitución Política no faculta, autoriza o permite al presidente del país a violar las leyes que contienen conductas prohibitivas funcionales. ¡Todo el mundo está impedido de hacer lo que la ley prohíbe!
Ninguna norma legal ha derogado aquella antigua, de 1981, luego ratificada por el Código Penal de 1991 y normas legales posteriores, prohibición legal de conmutar o disminuir los años de penas impuestas a los condenados por cualquier delito de Tráfico Ilícito de Drogas, sin importar su monta o cuantía en droga.
Quien desarrolle estas precisiones normativas, mandará a la cárcel, desde que se abra el proceso penal luego del acuerdo de enjuiciamiento tomado por el Congreso, al Gran Patrón del Mal, a partir de las pesquisas de la megacomisión que preside Sergio Tejada.
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Conmutación-narcos: ¡Alan violó 3207 veces la ley!
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